Minedu: Precisiones con respecto a los viajes escolares de estudios

21 de octubre

Con el fin de garantizar el correcto desarrollo de los viajes o paseos escolares de integración, el Ministerio de Educación precisa lo siguiente:

Los viajes de estudios, visitas culturales, jornadas o paseos de integración que realizan las y los estudiantes deben contar con un plan de trabajo que detalle los objetivos de aprendizaje, conforme lo regulado por la Resolución Viceministerial N.° 086-2015-MINEDU. Además, deberán constar en el reglamento interno de las II. EE., en caso sean actividades que se realizan de manera recurrente durante dos o más periodos lectivos.

 

Asimismo, las y los directores de las II. EE. tienen como responsabilidad verificar la acreditación del cumplimiento de los numerales 6.1 y 6.2 de la mencionada RVM, cuya finalidad es asegurar que las condiciones en que se desarrollen las actividades permitan resguardar la integridad de los estudiantes, debiendo verificar, entre otros, los siguientes requisitos:

  • La empresa deberá estar registrada en el Directorio Nacional de los Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del Mincetur.
  • Estar inscrita en Sunarp
  • Contar con licencia de funcionamiento
  • SOAT vigente
  • Constancia expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (viajes a diferente región) o constancia expedida por la Dirección Regional Sectorial (viajes dentro de la región) que certifique el permiso de la empresa de transporte para realizar este servicio.
  • Declaración Jurada de la empresa de transportes en la que precise las características del servicio: tipo de asientos, servicios higiénicos, etc., de las unidades que serán utilizadas.

Asimismo, las y los directores de las II. EE. deberán asegurar y verificar que las empresas de transporte y/o agencias de turismo contratadas cumplan con las condiciones previamente autorizadas durante el embarque y la realización del viaje. El incumplimiento de estas condiciones que pongan en riesgo la integridad física de los estudiantes generaría responsabilidades de índole administrativa y/o penal.

 

Es necesario recordar que todo viaje o actividad, que se desarrolle fuera de la IE e involucre a estudiantes menores de edad, debe contar con la autorización escrita de los padres o madres de familia o apoderados.

Las direcciones regionales de educación, a través de las unidades de gestión educativa local, son las encargadas de supervisar que se cumpla lo dispuesto en la Resolución Viceministerial N.° 086-2015-MINEDU.

Nota de prensa Minedu

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