DECRETO SUPREMO Nº 016-2019-MINEDU – Plan de Emergencia para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad para universidades públicas con licencia denegada

DECRETO SUPREMO Nº 016-2019-MINEDU

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Apruébese las disposiciones para la elaboración, aprobación y ejecución de un Plan de Emergencia para las universidades públicas con licencia institucional denegada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, en adelante Sunedu.

Artículo 2.- Finalidad

La presente norma tiene como finalidad que las universidades públicas con licencia institucional denegada, ejecuten un Plan de Emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad durante el plazo máximo de cese establecido en el “Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado”, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 111-2018-SUNEDU/CD y, antes del cese definitivo, soliciten la licencia institucional en un nuevo procedimiento de acuerdo al marco legal.

Artículo 3.- Ámbito de aplicación

Las disposiciones de la presente norma son de aplicación a aquellas universidades públicas con Resolución del Consejo Directivo de la Sunedu que haya denegado su licencia institucional y al Ministerio de Educación, en adelante Minedu.

Artículo 4.- Definiciones

4.1 Comisión Técnica: La Comisión Técnica es un órgano colegiado sin personería jurídica, conformado por representantes del Minedu y de la universidad pública con licencia denegada, que cumplirá funciones específicas de seguimiento, supervisión, emisión de propuestas e informes.

La Comisión Técnica se encuentra integrada por:

– Un (1) representante del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, quien lo preside y tiene voto dirimente.

– Un (1) representante de la Dirección General de Educación Superior Universitaria – Digesu del Ministerio de Educación, que actúa como Secretaría Técnica de la Comisión.

– Un (1) representante de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto – OPEP del Ministerio de Educación.

– Un (1) representante de la Oficina de Calidad de la universidad pública con licencia denegada, o quien haga sus veces.

– El responsable de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la universidad pública con licencia denegada, o quien haga sus veces.

– El responsable de la Dirección General de Administración o de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la universidad pública con licencia denegada, o quien haga sus veces.

4.2 Consejo Consultivo: Integrado por los rectores de las universidades públicas licenciadas, contempladas en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Universitaria. Son convocados por el Minedu y/o la Comisión Técnica, cuando lo consideren conveniente, para brindar asesoría, recomendaciones y aportes. Su participación es ad honorem.

4.3 Evaluación: Tarea a cargo de la Comisión Técnica. Consiste en la revisión de toda la información proporcionada por la Sunedu y la universidad pública, a fin de determinar el estado situacional de la misma, que permita hacer un diagnóstico y desarrollar un Plan de Emergencia para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad.

4.4 Plan de Emergencia: Instrumento técnico elaborado por una Comisión Técnica. Contiene el detalle de las acciones concretas que la universidad pública debe desarrollar para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad, que le permita solicitar, la licencia institucional en un nuevo procedimiento conforme a la normativa vigente, antes del cumplimiento del plazo de cese definitivo.

El Plan de Emergencia es aprobado por Resolución del Titular del Minedu, en su calidad de promotor de la educación superior universitaria pública y ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria y comprende un cronograma de trabajo, así como obligaciones a cargo de la universidad.

Durante la ejecución del plan de emergencia, la universidad adopta las medidas necesarias para la continuación de estudios….

 

Documento completo: Decreto Supremo para la aprobación e implementación de un Plan de Emergencia para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad por parte de las universidades públicas con licencia institucional denegada

 

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