R.VM. Nº 142-2020-MINEDU – Disposiciones para la evaluación extraordinaria del proceso de racionalización 2020 en el marco de la Ley Nº 29944 LRM

Disposiciones para la evaluación extraordinaria del proceso de racionalización 2020 en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en las instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico – Productiva, así como en programas educativos”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 142-2020-MINEDU

Lima, 23 de julio de 2020

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la evaluación extraordinaria del proceso de racionalización 2020 en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en las instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico – Productiva, así como en programas educativos”; el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Suspender excepcionalmente la realización de las etapas declarativa, evaluativa y de reordenamiento regular y complementario en el proceso de racionalización correspondiente al año 2020, establecidas en el subnumeral 5.2 del numeral 5 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el proceso de racionalización en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en las instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico – Productiva; así como en programas educativos”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 307-2019-MINEDU.

Artículo 3.- La evaluación extraordinaria señalada en el artículo 1 de la presente resolución, está a cargo de la Unidad de Planificación y Presupuesto, dependiente de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, que tengan a su cargo instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico – Productiva y programas educativos, quienes tendrán en cuenta los criterios de flexibilidad señalados en el subnumeral 5.3.9 del numeral 5 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el proceso de racionalización en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en las instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico – Productiva, así como en programas educativos”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 307-2019-MINEDU.

Artículo 4.- Las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, y las Unidades de Gestión Educativa Local, en el ámbito de sus competencias, disponen las acciones respectivas para la implementación de lo dispuesto en el documento normativo aprobado por el artículo 1 de la presente resolución, bajo responsabilidad.

Artículo 5. Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA MARIELA MARCHENA PALACIOS – Viceministra de Gestión Pedagógica

Descargue:  R.VM. Nº 142-2020-MINEDU 
 Opción 1       /       Opción 2 

 

Si te gustó nuestra publicación compártelo en tus redes sociales, también nos puedes seguir en nuestro FansPage de y nuestro canal de Youtube ¡Suscríbete!
Facebook: https://www.facebook.com/TuAmawta
https://www.youtube.com/tuamawta

This site is protected by wp-copyrightpro.com