D.S. N° 016-2020-MINEDU – Decreto Supremo que modifica los criterios para la focalización de las personas beneficiarias en el marco del D.L. Nº 1465, que establece medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo
Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 006-2020-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba los criterios para la focalización de las personas beneficiarias en el marco del Decreto Legislativo Nº 1465, que establece medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el marco de las acciones preventivas del gobierno ante el riesgo de propagación del COVID-19
DECRETO SUPREMO
N° 016-2020-MINEDU
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1.- Modificación del Anexo Nº 01 del Decreto Supremo N° 006-2020-MINEDU
Modificase el Anexo Nº 01 del Decreto Supremo N° 006-2020-MINEDU, en el extremo referido a las fuentes de información del Padrón de Servicios Educativos, Sistema de Información de Apoyo a la Gestión del Estudiante (SIAGIE), Registros de conectividad a internet por centro poblado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), y, Sistema de Administración y Control de Plazas (NEXUS), el cual queda redactado en los términos siguientes:
Artículo 2.- Financiamiento
Lo establecido en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación y el Ministro de Economía y Finanzas.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA.- Servicio educativo brindado en el marco del Convenio con PRONATEL y por CARE PERU
Exclúyase del alcance del Decreto Supremo N° 006-2020-MINEDU a los estudiantes de los servicios educativos atendidos en su totalidad con dispositivos informáticos en el marco del Convenio con el Programa Nacional de Telecomunicaciones–PRONATEL, y con la subvención otorgada a CARE PERU, mediante Resolución Ministerial N° 147-2020-MINEDU.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORÍA
ÚNICA.- Derogación
Deróguese el artículo 7 del Decreto Supremo N° 006-2020-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba los criterios para la focalización de las personas beneficiarias en el marco del Decreto Legislativo Nº 1465, que establece medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el marco de las acciones preventivas del Gobierno ante el riesgo de propagación del COVID-19.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil veinte.
FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER – Presidente de la República
WALDO MENDOZA BELLIDO – Ministro de Economía y Finanzas
RICARDO DAVID CUENCA PAREJA – Ministro de Educación
R.VM. N° 262-2020-#MINEDU – Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puestos de directores generales y otros de gestión pedagógica en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos https://t.co/RahS4gmJAX
— TuAmawta (@TAmawta) December 16, 2020
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